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domingo, mayo 28, 2023
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¿Quién tendría que votar para revocarle el mandato al Gobernador?

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Este miércoles fueron publicadas las reformas y adiciones de diversos artículos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.

Esto, para aplicar la revocación del mandato.

Pero ¿qué significa eso?

La revocación del mandato es el procedimiento legal mediante el cual las y los ciudadanos pueden destituir a un representante de elección popular.

Esta destitución se dará antes de que concluya el periodo para el que fue elegido.

En el caso de Zacatecas, la revocación de mandato sólo será aplicable al gobernador (o gobernadora).

Pero no sólo se trata de correr al gobernador.

De acuerdo a la ley, las y los electores tendrán la posibilidad de evaluar el desempeño del titular del Poder Ejecutivo.

Para ello, tendrán que acudir a las urnas para “manifestar su conformidad o no con el trabajo realizado por el gobernador”.

En consecuencia, podrán decidir si debe permanecer o no en el cargo.

Los requisitos

Estos son los requisitos que fijaron los diputados para “correr” al titular del Poder Ejecutivo.

De acuerdo a datos del Instituto Nacional Electoral, Zacatecas cuenta con una lista nominal de 1 millón 218 mil 822 electores.

Para lograr que el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas convoque a la revocación de mandato, tendrán que solicitarlo 121 mil 822 electores.

El Instituto Eelectoral del Eestado de Zacatecas (IEEZ) se encargará de los formatos y preparará los medios electrónicos necesarios para la recopilación de firmas.

Así como los lineamientos para las actividades relacionadas.

¡Pero eso no es todo!

Alcanzada la meta, el IEEZ tendrá 30 días para verificar las firmas.

Y esto apenas es la primera parte.

Una vez aprobadas las firmas, se convocará para que mediante votación libre, directa y secreta, los ciudadanos inscritos en la lista nominal participen.

Para ello tendrán que pasar 90 días posteriores a la emisión de la convocatoria; la fecha no podrá coincidir con jornadas electorales federal o local.

Para que la votación sea válida deberán participar “por lo menos, el cuarenta por ciento de las personas inscritas en la lista nominal”.

Esto quiere decir que tendrán que asistir a las urnas ¡487 mil 528 electores!

El IEEZ promoverá la participación ciudadana y será la única instancia a cargo de la difusión de los mismos.

La promoción será objetiva, imparcial y con fines informativos

Pero, será el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas quien realizará el cómputo final del proceso de revocación de mandato.

Los números de 2021

De acuerdo al resultado de la elección para la renovación del Podere Ejecutivo en 2021, el ganador del proceso obtuvo 340 mil 934 votos.

Este total no alcanzaría para lograr la revocación de mandato.

En tanto, la oposición en su conjunto sumó 331 mil 959 votos; lejos de los más de 400 mil que se necesitan para aplicar la revocación de mandato.

El documento publicado en el Periodico Oficial puede ser consultado aquí.

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