El Trochilero no tiene ninguna idea en específico acerca del matrimonio, simplemente buscamos que el amor sea libre y pleno; pero por si las dudas los orientamos un poco acerca de las nulidades matrimoniales es decir religiosas por si se llega a ofrecer.
El matrimonio religioso, cristiano es el que se dice “para toda la vida”, cuando se habla de nulidad matrimonial es cuando en realidad no existió el matrimonio. Los motivos pueden ser varios y se los mencionaremos a continuación:
Para que un matrimonio sea válido debe ser realizado en una forma válida, deben ser personas hábiles y capaces de presentar un consentimiento.
El matrimonio católico se debe dar entre dos personas que estén conscientes y tengan la capacidad de tener uso y razón suficiente para tomar una decisión; por consiguiente si una persona no tiene uso de razón esta sería la primera causa y no es válida la unión.
Si una persona llega bajo el efecto de alguna droga o simplemente no está al 100% de sus facultades mentales da consentimiento al matrimonio y después se comprueba la circunstancia en la que se presentó inmediatamente es nulo. Nos comentó el encargado de comunicación de la dioócesis de Zacatecas el presbitero Juan Manuel Félix Chacón.
Libertad, implica que las personas que van a contraer matrimonio estén libres. Un ejemplo es si a la persona la están amenazando de muerte, la unión es inválida.
Las causas de nulidad son pro defecto o de forma, celebrados con un impedimento o un vicio en el consentimiento, es decir si hay una coacción es inválido.
Tribunal canónico que sigue el código de derecho canónico universal, según el canon 1673 determina que para que las causas de nulidad de matrimonio no reservadas a la santa sede son competentes.
Primero el tribunal en donde se celebró el matrimonio y segundo si se cambia de residencia (ciudad, estado, país) después de 6 meses de vivir establecidamente se adquiere el coaci-domicilio, después de 1 año el domicilio y también se podrá realizar en ese lugar.
Pasos a seguir:
- Elegir un abogado canónico, que pueda actuar en los tribunales eclesiásticos. (se puede proporcionar uno en el obispado)
- Presentar una demanda de nulidad que habrá de ser notificada a la otra parte del matrimonio.
- Fijar los capítulos por los cuales se solicita la nulidad del matrimonio.
- Declarar ante el tribunal, cada uno de los esposos y de los testigos
El abogado designado llamado defensor del vínculo tratará de conciliar las partes para evitar la nulidad del matrimonio.
Así que ya saben mejor piénsenlo bien y no vayan borrachos a su boda.